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Drawback, Modificaciones 2014
Durante el periodo 2014 la SUNAT ha implementado de manera progresiva la modificación del procedimiento de solicitud del Drawback. Mediante los cambios realizados SUNAT trata de disminuir el plazo de atención de las solicitudes de devolución, buscando que el monto restituido se abone directamente a la cuenta del exportador en lugar de entregar notas de crédito o cheques que antes demoraban hasta 15 días en ser atendidos.
Por otro lado, con fecha 18 de noviembre 2014 el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Decreto Supremo N° 314-2014-EF ha reducido la tasa del drawback del 5% al 4% a partir del 1° de enero del 2015 y a 3% a partir del 1° de enero 2016.
Mediante el decreto antes mencionado también se modificó el número de partidas que tenían derecho a arancel cero, habiéndose reducido de 1870 a 1085 el número de partidas que gozaban de dicho beneficio. Ello representa que a partir del 10 de diciembre 2014, 785 partidas tienen que pagar un arancel del 6%, pudiendo solicitarse asimismo la restitución del Drawback por dichas partidas.
El drawback es la devolución del 4% (para el 2015) del valor FOB de los productos exportados por una empresa, en cuyo proceso de fabricación se usaron insumos /materias primas importadas por los cuales se pagaron derechos arancelarios.